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Extremadura – Spain

Ayudas destinadas al comercio

Nov 21, 2021 | Marketing

AYUDAS AL COMERCIO MINORISTA

Este texto habla exclusivamente de Ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura

 ¿Quién puede ser beneficiario?

Puede ser beneficiario de las ayudas al comercio, básicamente, cualquier tipo negocio de forma jurídica o física que cumplan dos requisitos.

  1. Que su actividad esté en Extremadura
  2. Que su actividad principal esté englobada en el listado de IAE del anexo A

Si cumples estas dos condiciones, sigue leyendo.

Texto de la Orden

(Este texto es lo que hemos resumido anteriormente, puedes saltartelo tranquilamente)

Podrá ostentar la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes y cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que constituyan una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal. Si en el establecimiento comercial se desarrollan actividades elegibles y no elegibles, tendrá el carácter de principal la actividad que suponga un mayor porcentaje de facturación. El solicitante deberá indicar cuál es la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud. No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación. No será necesario que la actividad minorista elegible tenga el carácter principal, si está claramente diferenciada dentro del local, en cuyo caso únicamente serán elegibles la adquisición de mobiliario y equipamiento comercial específico para la sala de ventas.
  • Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Dos cosas que hay que tener en cuenta

  1. Se introduce como novedad, la tramitación electrónica del procedimiento.
  2.  Para ser beneficiario de la ayuda, el importe mínimo de la inversión aprobada deberá ser de al menos de 1.500 euros.

Ha llegado el día en el que las tramitaciones son digitales, esto nos ahorra mucho tiempo y dinero, pero hay que hacer el esfuerzo de aprender. Y los primeros en aplicarse han de ser las instituciones y dejar de enviar, por ejemplo, documentos pdf cerrados para rellenar.

Y, por supuesto, para esta ayuda al comercio tenemos que tener en cuenta que la inversión mínima es de 1500 € en los que puede subvencionarse el 50%

Y una tercera para que nos situemos

Estas ayudas van enfocadas a las tiendas físicas y a la habitación donde propiamente estan las ventas. No valen almacenes, ni trastiendas…. 

Texto de la AYUDA

A los efectos de lo señalado en este apartado, se entiende por sala de ventas, la parte del establecimiento que se destina a exposición de productos, estancia del público y normal remate del acto de compra. No forman parte de la “sala de ventas” las superficies destinadas a oficinas, trastiendas, almacén y otras dependencias de acceso restringido, ni tampoco los servicios higiénicos del local, aunque sean asequibles al público en general.

Gastos que «SI» cubren las ayudas

Los gastos que cubren las ayudas al comercio en Extremadura están encerrados en 7 bloques.

Gastos para Marketing

Gastos para Publicidad

Inteligencia Artificial

Gastos para Accesibilidad

Eficiencia Energética

Adecuación del Local

Sistemas de Fidelización